miércoles, 11 de septiembre de 2024

El jueves pasado anunciaron la segmentación en las tarifas en todo el país y consistirá en tres escalas. “Para el 90% de los usuarios no habrá más aumentos en el resto del año”, aseveró la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti.

El Decreto Nacional 332 establece que quienes quieran seguir recibiendo el subsidio a la energía deberán inscribirse en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), que estará disponible en el sitio oficial del Gobierno dentro de algunos días. Sin embargo, no todos quedarán aprobados para seguir contando con tarifas subsidiadas por el Estado Nacional, como ocurre actualmente.

En el servicio de electricidad, la mayor parte de los subsidios se destina a los sectores de mayores consumos, ya que el sistema beneficia en forma directa a quienes demandan mayor cantidad de energía. De ese modo, el 50% de los hogares con mayores ingresos recibe casi el 60% de los subsidios totales.

A partir de esos datos, el Gobierno decidió avanzar en lo que se conoce como segmentación, que buscará excluir por completo del sistema de subsidios a los hogares con más altos ingresos. Para esto, se establecieron 3 grupos.

🔹El primero, de más altos ingresos, quedará excluido de la ayuda del Estado. Estos hogares se definen en base a si sus ingresos totales superan 3,5 canastas básicas totales para un hogar tipo 2 (compuesto por una pareja de adultos y dos hijos menores de 10 años), que de acuerdo con la última medición del INDEC hoy representa unos 350.000 pesos por mes.

Otros parámetros para definir a este grupo son la propiedad de 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años, 3 o más inmuebles, una embarcación o aeronave o ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

🔹Un segundo segmento se define como de “ingresos medio”: este grupo, que tendrá derecho a una porción del subsidio, declara ingresos mensuales totales del hogar entre $100.000 y $350.000 pesos, posee hasta 2 inmuebles y hasta 2 vehículos con una antigüedad menor a 5 años.

En este caso, las correcciones de tarifas a lo largo del año no podrán exceder del 80% del porcentaje determinado por el coeficiente de variación salarial. Por ejemplo, si ese coeficiente tomado en promedio a lo largo del año es del 60% de pauta salarial, la adecuación salarial para este grupo poblacional no podrá superar el 48%.

🔹 Tercer segmento, definido como el de “menores ingresos”, seguirá contando con una mayor porción del subsidio y deberá registrar ingresos menores o equivalentes a una Canasta Básica Total, es decir $100.000 mensuales, o ser integrante de un hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP); también para domicilios donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM; si hay un integrante del hogar con pensión como veterano de Guerra del Atlántico Sur; o un integrante que posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a 1,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC ($150.000).

En este caso, los incrementos tarifarios anuales no podrán superar el 40% del coeficiente de variación salarial. Siguiendo con el ejemplo anterior, para este grupo las tarifas no podrían superar el 24% anual.

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