En una audiencia convocada como preliminar, el Ministerio Público Fiscal de Trelew representado por el fiscal general Gustavo Núñez y el funcionario de Fiscalía Mauro Quinteros, acordó con la defensa un juicio abreviado en un caso donde se imputa a un inspector de tránsito de esa ciudad por haber ejercido abuso de su cargo al exigir a un automovilista una determinada suma de dinero
Se trata del hecho ocurrido a las 11 del 30 de julio de 2021, momento en el que una persona conducía su Ford Ka por 9 de Julio, de este a oeste hasta la altura con Rivadavia, intersección en la cuál giró, incurriendo en una infracción a la Ley de tránsito.
La situación fue percibida por dos agentes, y en esas circunstancias uno de ellos, Aldo Rodolfo Bujer, se acercó al conductor del rodado y ejerciendo un claro abuso de su cargo, sabiendo lo que hacía y conociendo el significado de su conducta, le solicitó indebidamente 4.000 pesos como condición resolutoria para no labrar el acta de infracción correspondiente.
Ante dicha exigencia, el hombre hizo entrega de 3.500 pesos siendo dicha suma todo el dinero con el que contaba en el momento. La maniobra delictiva fue advertida por la directora de Tránsito, en virtud que el afectado concurrió a la oficina de la Dirección solicitando le devuelvan $ 500 para poder cargar combustible y de esta manera regresar a Puerto Madryn.
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Esto motivó que tras una descripción de las características físicas brindadas por el denunciante, sean convocados a dicha dependencia los agentes presentes en aquella situación, siendo Bujer quien en presencia de la directora sacó los $ 3.500 de sus bolsillos y se los restituyó a la víctima, informó un comunicado de prensa de la Fiscalía de Trelew.
El hecho narrado reúne los elementos típicos exigidos en la figura de concusión, y se atribuye al imputado en calidad de autor, de acuerdo al artículo 268 del Código Penal, y la pena acordada alcanza a un año de ejecución condicional y también de un año de inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Tanto la fiscalía como la defensa ejercida por Flora Mollard hicieron saber que se merituaban los elementos colectados, así como un informe social sobre la situación del imputado.
Consultadas las partes y el propio Bujer, el juez Marcelo Nieto De Bias homologó el juicio abreviado previsto en el artículo 355 del Código Procesal penal y de acuerdo a la pena mencionada, con los requisitos de conducta que se imponen en estas circunstancias.