En los últimos años escuchamos hablar de funcionarios que cumplen tareas “AD HONOREM”, esto sucede por legislación de vieja data que impide, a los mismos, cobrar dos sueldos del Estado incluidas, por supuesto, las jubilaciones y exceptuando de tales restricciones a docentes o profesionales de la salud.
Por eso vemos funcionarios que aparecen como verdaderos sacrificados en la función pública destacando su condición de prestadores de servicios SIN SUELDO, por la simple razón de que si percibieran sueldo en su nueva función deberían renunciar a la jubilación u otro cargo de mayor remuneración en el que revisten.
El Municipio de Rawson, en forma razonable, invocando una antigua Ordenanza, asigna módulos de Reconocimiento a Funcional a personas que desempeñan funciones Ad Honorem. Los jubilados o los que perciben algún tipo de remuneración estatal, pueden mantener sus ingresos y sumarle la “remuneración” municipal, evitando la prohibición legal. De esta manera, el personal técnico, experimentado o capacitado que la gestión considere y requiera para su funcionamiento, será debidamente reconocido económicamente.
Lorenzo y cargo en Producción
Otro caso conocido es el de Carlos Lorenzo con importante función en el Ministerio de la Producción, en el que cumple funciones “Ad Honorem”, porque el monto que percibe de jubilación es más del doble que el que correspondería al cargo en el que ahora presta servicios, por lo tanto y, lógicamente, opta por el sueldo que le resulta más conveniente, pudiendo cobrar viáticos y disponer de pasajes que la nueva función “Ad Honorem” le permite.