viernes, 15 de agosto de 2025
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El pasado 23 de julio de 2025, la Justicia Electoral de Chubut dispuso la incorporación de Ricardo Bustos, junto a otros dos ciudadanos, al padrón partidario de La Libertad Avanza, luego de que la agrupación política liderada por César Treffinger rechazara inicialmente sus solicitudes de afiliación. La decisión judicial, firmada por el juez federal Hugo Ricardo Sastre, se basó en la apelación presentada por los interesados contra la resolución interna del partido que negaba su inscripción.

El rechazo de La Libertad Avanza se basó en las diferencias públicas entre Bustos y Treffinger, lo que generó polémica y llevó al reconocido periodista a denunciar una maniobra para impedir su participación democrática dentro de la fuerza política, incluso declarando la “desactivación” de su precandidatura a diputado nacional.

Enrique Kaltenmeier, secretario electoral del juzgado con asiento en Rawson, explicó los detalles de este proceso que trascendió el cronograma electoral y puso en evidencia el funcionamiento democrático dentro de los partidos políticos.

Según Kaltenmeier, Ricardo Bustos, Manuel Burgueño y Julieta Siciliano presentaron sus solicitudes de afiliación mediante un mecanismo previsto en la Ley Orgánica de Partidos Políticos que permite inscribirse a través del Correo Argentino, un método alternativo a la tradicional presentación directa ante la agrupación.

“El partido tiene la facultad de aceptar o rechazar las afiliaciones, siempre con una resolución fundada que puede ser apelada ante la justicia electoral”, señaló Kaltenmeier. En este caso, La Libertad Avanza rechazó las solicitudes de afiliación con fundamentos que el juzgado consideró insuficientes y basados en disputas personales más que en diferencias ideológicas reales.

El secretario electoral aclaró que “el funcionamiento democrático de los partidos es una exigencia constitucional, ya que monopolizan la presentación de candidaturas y el derecho de ser elegido está ligado a la pertenencia a una agrupación política”. Por lo tanto, “un rechazo infundado afecta ese principio democrático”.

El juzgado evaluó los fundamentos del partido y la apelación de los afiliados, y concluyó que el rechazo carecía de base sólida. En consecuencia, ordenó la inscripción de Bustos y los demás en el padrón de La Libertad Avanza.

Kaltenmeier también destacó que rechazos de afiliaciones son hechos excepcionales en el distrito y que usualmente los partidos no suelen rechazar afiliados, salvo casos muy puntuales como personas con afiliaciones previas conflictivas. “No tenemos memoria de antecedentes de rechazo de afiliaciones presentadas de esta manera”, remarcó.

Respecto a las candidaturas, Kaltenmeier aclaró que la afiliación no implica necesariamente la postulación automática a cargos electivos. “La presentación de candidaturas debe estar acompañada de un proceso interno de selección que el partido debe acreditar ante la justicia electoral antes del cierre del cronograma”.

Finalmente, el secretario electoral recordó que los partidos políticos tienen la obligación de transparentar y justificar sus procesos internos para garantizar la legitimidad democrática de las candidaturas que presenten.

 

Nota elaborada en base a declaraciones al programa Redacción 20 de LU20

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