sábado, 20 de junio de 2026
Antonio Cambaceres, Rudecindo Roca, Saturnino Unzué y Marcelino Ugarte, cuatro de los empresarios y dirigentes que se repartieron las tierras conseguidas en la “Conquista del desierto”

Según la Ley de Inmigración y Colonización de 1876 (también conocida como Ley Avellaneda), las tierras “arrebatadas al indio y la barbarie” -ahora convenientemente declaradas “públicas” o “fiscales”-debían destinarse de preferencia a pequeñas colonias agrícolas que fomentaran la colonización. Se creó para ello el Departamento General de Inmigración, agentes reclutadores en Europa y una Oficina Central de Tierras y Colonias a fin de fomentar el establecimiento de labradores y artesanos europeos.

La ley argentina de 1876 aplicada con mayor impulso puede surgir como el agente de grandes obras y ser para América del Sur lo que ha para la del Norte la famosa ley de 1862″ subrayó Avellaneda en su Mensaje Presidencial de 1878. De allí el fomento de colonias agrícolas pastoriles en las tierras ocupadas. Hacia ellas buscaba el gobierno orientar al inmigrante europeo en su llegada a la Argentina.

Aquello sucedió, pero solo en contadas ocasiones.

Al amparo de la ley nacieron las colonias General Acha (1882) y Victorica (1882) en el territorio rankülche: Conesa (1879) y La Guardia Coronel Pringles (1881) en Río Negro, ambos fortines y campos de prisioneros mapuche durante la guerra; y Alvear y Olavarría en la parte sur de la provincia de Buenos Aires. Pero no más que eso. En la práctica la ley no dio los resultados esperados, en parte debido a las operaciones implementación. Hecha la ley, hecha la trampa.

Fieles a su historia, los principales beneficiados con las tierras fueron nuevamente un puñado de miembros de la élite política, económica y militar del país vinculados con la agricultura, la ganadería y la especulación con lo ajeno.

Al igual que en los tiempos de Rosas, a ellos el Estado traspasó millones de hectáreas vía compras irrisorias, donaciones, arrendamientos y/o cesiones perpetuas o de largo plazo. Bastaba presentarse solicitando querer colonizar y se obtenían tierras en concesión. Fue la ley de los vivos ya que muchos de los interesados jamás pensaron en cultivar y mucho menos fundar colonias.

El Business era otro: negociar con la tierra, especular, comprar barato y, transcurrido un tiempo, vender caro. O bien sustituir las colonias agrícolas por gigantescos latifundios ganaderos.

Producto de esta ley el Estado entregó a empresas especuladoras la increíble suma de 5.248.792 hectáreas. En total fueron favorecidas con 1.504.011 hectáreas en Neuquén, 88 personas que se quedaron 143.000 en La Pampa, 1.130.523 en Río Negro y 350.000 en Chubut. Por si no bastara, años más tarde, en 1891 la llamada “Ley de liquidación” eximió a los concesionarios de la obligación de colonizar y de toda cláusula contenida en el contrato original. Negocio redondo.

Historia similar aconteció con la Ley 947 del 5 de octubre de 1878, aquella que autorizó y financió el avance de la frontera a los ríos Negro y Neuquén. Digamos que inauguró, capítulo de abusos y fraudes con las tierras, como tantas otras veces. El costo de la expedición militar de Roca se financió vía un empréstito internacional avalado por las tierras a conquistar. Es decir que se garantizó con la venta de las tierras a ocupar, incluso antes de ser arrasadas las tolderías. ¿Sabría el soldado argentino que peleaba no “por la Patria” sino para aumentar el rico patrimonio de unos pocos terratenientes?

Volviendo al empréstito, este se configuró con la suscripción de cuatro mil obligaciones de 400 pesos fuertes. Cada una de ellas daba derecho a una legua cuadrada (2.500 hectáreas), pero ninguna adjudicación podría ser menor a cuatro obligaciones, esto es 10 mil hectáreas. De esta forma otras 391 personas fueron favorecidas con 8.548.817 hectáreas, distribuidas de la siguiente forma: 7.838.817 en La Pampa, 115.030 en Neuquén y 601.560 en Río Negro.

Algunas de las familias que adquirieron tierras por medio de la Ley 947 de 1878 fueron: Andrés Costa Arguibel (40 mil ha), Torcuato de Alvear (97 mil ha), Diego de Alvear (97 mil ha), Antonio Cambaceres (120 mil ha), Clara Armstrong de Elortondo (366 mil ha), Eduardo Casey (270 mil ha), Rodolfo Newberry (40 mil ha), Victorino de la Plaza (47 mil ha), Joaquín Chas (60 mil ha), Rudecindo Roca (42 mil ha), Marcelino Ugarte (177 mil ha), Saturnino Unzuć (250 mil ha) […] La apropiación de tierras por parte de la clase dominante fue de las más grandes e inescrupulosas de todos los tiempos (Bonatti y Valdéz, 2015:203-209)

Pero tierra sobraba. El territorio conquistado era tan vasto el 3 de noviembre de 1882 se sancionó la Ley 1.265 denominada de Remate Público. Por ella se creaban tres secciones, la primera de las cuales comprendía los territorios de la Pampa y de la Patagonia.

Mediante dicha ley el gobierno vendía “tierras para la agricultura” y “tierras de pastoreo”, limitando en este último caso la adquisición a 40 mil hectáreas por persona o sociedad comercial. Existía además la obligación de “poblar” las tierras. Huelga decir que casi nadie lo hizo y que las limitaciones de compras fueron pronto eludidas con testaferros o palos blancos.

Bajo esta legislación el Estado se desprendió de 5.951.876 hectáreas, distribuidas de la siguiente manera: 478.847 en Chaco, 2.402.684 en La Pampa, 248.379 en Río Negro, 1.434.044 en Neuquén, 639.203 en Chubut, 436.900 en Santa Cruz y 311.823 hectáreas en Tierra del Fuego.

 

Fragmento del libro “Historia secreta Mapuche”, de Pedro Cayuqueo

 

Compartir.

Los comentarios están cerrados