martes, 1 de julio de 2025
Un hombre camina en el Parque Nacional Torres del Paine, en la Patagonia de Chile.

Con 178 páginas, 388 artículos y 57 normas transitorias, Chile podría hacer historia con una Constitución que define al Estado como “ecológico”. El texto, por el que los chilenos votarán en un referendo el 4 de septiembre, es el marco para darle forma al país nuevo que pedían a gritos los ciudadanos que salieron a las calles durante el estallido social de octubre de 2019 y también los que votaron mayoritariamente para sustituir la Carta Magna vigente, de 1980 y herencia de la dictadura militar de Augusto Pinochet. Sin embargo, según las encuestas, ese entusiasmo por un cambio no parece haberse transformado en un firme apoyo a la propuesta de los constituyentes.

El nuevo texto constitucional propone una democracia representativa, con una mirada paritaria, la garantía de derechos sociales y con un fuerte enfoque ambiental, pionero en la región, y que marcaría una gran diferencia con la Constitución anterior. Mientras que en la vigente, solo uno de los 15 capítulos nombra los ecosistemas, en el proyecto actual ocho de los once apartados lo mencionan directa o indirectamente. En total, son 98 artículos los que hacen alusión a la emergencia climática y a las herramientas para mitigarla, que van desde fomentar la educación ambiental hasta el manejo del agua o el desarrollo de investigación científica que promueva el equilibrio ecosistémico.

La transversalidad y la profundidad de estos artículos son los que han convencido a la mayor parte del movimiento ecologista, dentro y fuera del país sudamericano, a defender la propuesta constitucional. “El proceso de elaboración inclusivo que buscó respuestas nuevas a la crisis climática en que vivimos marca un camino que sirve de inspiración al mundo”, señaló Patricia Madrigal, ex viceministra de medio ambiente de Costa Rica. Por su parte, el académico de la Universidad de Viena, Ulrich Brand, comentó que este proyecto constitucional es “una valiosa caja de herramientas para cambiar el modelo económico a uno postextractivista y postdesarrollista”.

Estos días, la Constitución está en boca de todos. Ya sea para alabarla o criticarla, el debate está en las casas de todos los chilenos y en las calles. “Eso ya es un enorme avance. Es un antes y después sobre lo que entendemos por democracia”, explica por teléfono Estefanía Gómez, coordinadora de campañas de Greenpeace en Chile. Ezio Costa, profesor de la Universidad de Chile y director ejecutivo de la ONG FIMA, es optimista: “Creo que la sociedad entendió que el momento es ahora”. Por su parte, Yarela Gómez Sánchez, ex convencional constituyente por la región de Aysén, añade: “Es el punto de partida para empezar a hacer las cosas bien”. Entre los casi cien artículos vinculados con el ecologismo, estos son los seis puntos claves, según académicos y organizaciones ambientales:

Chile como “Estado ecológico”
De ser aprobada, sería la primera Constitución en el mundo que reconozca la crisis climática y señale al Gobierno como responsable de las medidas de mitigación. Lo nombra desde el primer artículo y en el 128 es aún más explícito: “Es deber del Estado adoptar acciones de prevención, adaptación y mitigación de los riesgos, las vulnerabilidades y los efectos provocados por la crisis climática y ecológica”. Para Ezio Costa, este punto no es anecdótico: “Lo que hace esta nueva norma es entender que las actividades de las personas no solo se integren a los ciclos naturales, sino que no los destruyan. Es algo inédito”. Además, los expertos coinciden en que al autodeterminarse como “Estado ecológico”, se está abriendo la puerta a una conversación “sin prisa” y centrada en “el planeta de las siguientes generaciones”.

Reconocimiento de los derechos de la naturaleza
La palabra “naturaleza” aparece 36 veces en el texto. El artículo 18 es bastante claro en cuanto a quiénes son sujetos de derechos: “Las personas naturales, los pueblos y naciones indígenas y la naturaleza”. Esto implica el derecho a existir, a mantener el funcionamiento de sus ciclos vitales y a ser restaurada.

Para Juan José Martin, ex constituyente por el Distrito 12 y coordinador de la Comisión de Medio Ambiente y Modelo Económico, este es uno de los puntos más revolucionarios. “Es un cambio jurídico sustantivo. Ya no solo se aborda desde los derechos humanos ambientales, es decir, en cuanto le sirve al ser humano, sino que se le defiende por sí misma. Esta es la medida más robusta para protegerla”, explica. Además, los animales son considerados “sujetos de especial protección”, aludiendo a su sintiencia y su derecho a una vida libre de maltrato.

El agua será un derecho humano y dejará de ser un recurso privado
Chile es el único país del mundo que reconoce a escala constitucional el derecho privado al agua. Esto ha dificultado la implementación de soluciones efectivas respecto de la crisis hídrica que mantiene a un millón de chilenos sin este recurso. La gestión, actualmente en manos de 40 organizaciones, es talón de Aquiles del país.

En la propuesta de nueva constitución, el agua ya no sería propiedad de unos pocos, sino que se ve como un bien común natural “inapropiable en todos sus estados” del que además se debe hacer un “uso razonable”. También enfatiza que el deber del Estado es resguardarla. Por tanto, “quedan excluidos de toda actividad minera los glaciares, las áreas protegidas, las que por razones de protección hidrográfica establezca la ley y las demás que ella declare”. “La respuesta para acabar con la crisis hídrica no la podemos buscar en la lluvia, tiene que venir de la gestión del recurso”, zanja Gómez, de Greenpeace. Este cambio de paradigma no significa el fin del uso del agua. El Estado podrá otorgar permisos administrativos para el uso de estos bienes. Lo que antes eran derechos de uso de agua, pasarían a ser “autorizaciones”.

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