Se conoció la decisión tras un derrotero de varios meses y extensas argumentaciones realizadas por el titular de la UFE Omar Rodríguez, y el abogado del testigo que formulo la denuncia.
Luego de 11 meses de interrupciones de la audiencia preliminar, la posibilidad del levantamiento del secreto bancario de las cuentas del denunciante de la causa conocida como “ñoquis calientes”, fue resuelta por los jueces Nieto Di Biase y Marcos Napoli, quienes confirmaron la decisión que fuera considerada “arbitraria” por el defensor del denunciante Martín Sandoval y los representantes del Ministerio Público Fiscal, ambos jueces ratificaron la Sentencia de la Jueza María Tolomei por encontrar la misma, fundada y legal.
Esta cuestión generó una disputa entre el defensor de la imputada Cecilia Torres Otarola, por un lado, y la Unidad Fiscal Especializada y el denunciante por el otro.
La información que está contenida en entidades bancarias se puede conocer solo a través del levantamiento del secreto bancario, es decir la prueba que se ofrece es la información de los bancos respecto del denunciante y para poder acceder a esa información de los bancos se exige la medida del levantamiento del secreto bancario. El levantamiento del secreto bancario es una medida para obtener la prueba.
Las diferencias sobre si esa prueba es tenida en cuenta, llegaron recursivamente al Superior Tribunal de Justica y entre marchas y contramarchas, también intervinieron las juezas Ivana González y María Tolomei.
Los jueces Napoli y Di Biase
Los votos de ambos jueces fueron concurrentes a la hora de analizar la cuestión de fondo, considerando, que se debe ponderar la intrusión y obtención de datos bancarios, y como segunda cuestión, la posibilidad de la condena de una persona por imposibilidad de contar con todos los elementos probatorios que hagan a su legítima defensa. Concluyendo ambos magistrados, que debe primar la segunda cuestión por sobre todo.
Una medida invasiva
El fiscal general Omar Rodríguez, titular de la UFE, destacó el rol del denunciante y una vez más planteó que se trata de un testigo y no de un imputado. Destacó que no se puede ingresar a una cuenta bancaria, es una medida de coerción invasiva de la intimidad de las personas, por lo tanto, no se puede aplicar a un testigo. Con similares argumentos se expidió el representante legal del denunciante, el abogado de Esquel, Daniel Sandoval. Quien también remarcó la demora de 11 meses sin que el caso pueda ser elevado a juicio oral y público.
Las posturas coincidentes de estas dos partes para que no se levante el secreto bancario de las cuentas del denunciante, fueron confrontadas con los argumentos del defensor de la imputada en la causa, el abogado Romano Cominetti.
El defensor de Otarola, destacó el interés probatorio que, a su criterio, “se debe conocer el movimiento de las cuentas bancarias del denunciante del caso”.
Mientras tanto pasó el tiempo sin que la decisión de esta prueba sea confirmada y saber si es tenida en cuenta en el debate o no.
La imputación Fiscal
La ex ministra de familia y ex diputada Provincial, Cecilia Torres Otarola, fue acusada por el delito de fraude a la administración pública en calidad de autora por 8 hechos, tres por el delito de concusión y cinco por fraude, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público. Para el fiscal Omar Rodríguez, la ex funcionaria “resultó una pieza central de la actividad delictiva investigada”.
Según las calificaciones legales escogidas, la escala penal parte desde los dos años, más inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. La Fiscalía estimó que al momento de pedir pena, la misma no será inferior a los cuatro años de prisión efectiva, más la inhabilitación especial por igual plazo.
Amenazas y hostigamientos
La compleja situación que se genera a partir de esta decisión relacionada con denunciantes y testigos de actos de corrupción. Desde la UFE, se observó con preocupación, teniendo en cuenta el impacto que genera dicha decisión, respecto de quienes denuncian actos de corrupción, así como de quienes son testigos en casos de corrupción. Las acciones de aquellas personas que denuncian irregularidades o prácticas fraudulentas o son testigos, pueden dar lugar a que se produzcan distintos agravios como amenazas u hostigamientos, con motivos de que se descubran y se combatan prácticas ilegales en Instituciones del Estado.
El Fiscal titular de la UFE, Omar Rodríguez, durante la audiencia preliminar al juicio, insistió en que desde organismos internacionales, precisamente, la comisión interamericana de derechos humanos, exhorta a los estados que han suscripto tratados contra la corrupción, en todos los casos, buscan evitar el hostigamiento y generar medidas de protección a testigos y denunciantes como también a periodistas.
Una medida innecesaria.
La información que se solicitó el defensor de Cecilia Torres Otarola, que se extraiga de los bancos, es la misma información que se podía haber obtenido de la cuenta de la imputada Otárola sin necesidad de ingresar al ámbito privado de un testigo o denunciante, en este caso de Martin Sandoval. Es decir, lo que se pidió es el entrecruzamiento de información entre las cuentas de Otarola y Sandoval, esa información que es la misma de ambas cuentas, se podría haber evitado el ingreso al ámbito privado del denunciante, ingresando, por otra vía, por la cuenta de la imputada Cecilia Torres Otarola, por esta razón la medida es totalmente innecesaria, a pesar de esto los jueces Nieto Di Biase y Marcos Napoli consideraron que se debe ingresar a la información que está contenida en los bancos q pertenece al denunciante Martin Sandoval Martinez.