A casi seis años del escándalo por el robo de vacunas contra el COVID-19 en Comodoro Rivadavia, la Corte Suprema de Justicia rechazó los planteos de la defensa de Gabriela Vanesa Torres, una de las enfermeras acusadas de participar en la sustracción de dosis Sputnik V del Hospital Regional, que terminaron siendo aplicadas a integrantes del Sindicato de Camioneros cuando todavía no les correspondía recibirlas.
La decisión del máximo tribunal vuelve a poner en primer plano una investigación que comenzó en 2021 y que involucró a personal sanitario y dirigentes sindicales, entre ellos el exdiputado nacional y secretario general de Camioneros de Chubut, Jorge Taboada.
El caso se remonta a enero de 2021, cuando la Argentina atravesaba uno de los momentos más críticos de la pandemia y las primeras vacunas contra el coronavirus comenzaban a distribuirse entre el personal de salud y los grupos prioritarios.
Según la investigación judicial, fueron sustraídas del sistema sanitario de Comodoro Rivadavia 30 dosis del primer componente y otras 30 del segundo componente de Sputnik V, destinadas a inmunizar a integrantes del Sindicato de Camioneros que no estaban incluidos entre los grupos habilitados para recibirlas.
El 29 de enero de 2021, unas veinte personas vinculadas al gremio recibieron la primera dosis en instalaciones de Camioneros, en un consultorio que no estaba habilitado oficialmente como vacunatorio contra el COVID-19.
El dinero de la obra social y las primeras condenas
Uno de los elementos más comprometedores de la investigación fue una transferencia bancaria realizada desde la cuenta oficial de la obra social de Camioneros a una de las enfermeras involucradas.
El 12 de febrero de 2021, Analía Muñoz recibió 30.000 pesos provenientes de la cuenta de la obra social sindical, una operación que se incorporó como prueba de la contraprestación económica por la entrega irregular de las vacunas.
Muñoz terminó condenada a tres años de prisión en suspenso por hurto y cohecho pasivo, mientras que Marcos Eugenio Paura, empleado de la obra social de Camioneros, recibió una pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso por cohecho activo.
La Justicia consideró acreditado que Paura había entregado dinero para que la enfermera incumpliera sus obligaciones y facilitara las vacunas destinadas originalmente al sistema público de salud.
Una investigación que alcanzó a 24 personas
En mayo de 2021, la jueza federal Eva Parcio de Seleme dispuso el procesamiento de 24 personas, entre funcionarios sanitarios, enfermeras y miembros del Sindicato de Camioneros.
La investigación incluyó teléfonos celulares y conversaciones de WhatsApp entre personas vacunadas, en las que comentaban los síntomas experimentados después de recibir la primera dosis.
El caso de Jorge Taboada
Entre los beneficiarios de la vacunación irregular figuraba Jorge Taboada, por entonces uno de los dirigentes sindicales más importantes de Chubut, exdiputado nacional y referente de Camioneros.
Taboada y otros integrantes del sindicato habían conseguido inicialmente la suspensión del juicio a prueba, conocida como probation, mediante una reparación económica y el cumplimiento de determinadas reglas de conducta.
Sin embargo, la Cámara Federal de Casación Penal revocó ese beneficio y ordenó que los involucrados fueran sometidos a juicio oral.
El propio Taboada recurrió esa decisión ante la Corte Suprema, pero el 7 de mayo de 2026 el máximo tribunal rechazó su presentación, dejando firme el avance del proceso judicial en su contra.
De esta manera, el líder de los camioneros y los demás beneficiarios de las vacunas quedaron nuevamente expuestos a un juicio en el que deberá determinarse su responsabilidad penal por los hechos investigados.
La nueva resolución de la Corte Suprema
Ahora la Corte Suprema rechazó los recursos presentados por la defensa de Gabriela Vanesa Torres, enfermera del Hospital Regional que había sido acusada de participar en la maniobra junto con Analía Muñoz.
Torres había sido procesada inicialmente por encubrimiento, pero durante el juicio oral la Fiscalía modificó la calificación legal y la acusó de hurto.
El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia resolvió absolverla al considerar que ese cambio afectaba su derecho de defensa. Sin embargo, la Fiscalía apeló y la Cámara Federal de Casación Penal anuló la absolución por mayoría de dos votos contra uno.
Los camaristas entendieron que los hechos atribuidos a la enfermera no habían cambiado y que la modificación correspondía únicamente a su calificación jurídica.
La defensa llevó el caso hasta la Corte Suprema, argumentando que la decisión vulneraba garantías constitucionales, entre ellas la prohibición de ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
Finalmente, el máximo tribunal desestimó los planteos y dejó firme la decisión de Casación, por lo que Torres deberá afrontar un nuevo pronunciamiento judicial sobre su responsabilidad.

