martes, 20 de mayo de 2025
Cacique Nahuelquir, su esposa Thanenahuen e hijos en Chubut.

Por lo escrito en su libro, Clemente Onelli nos demuestra que aun en la lógica civilizatoria, estos agentes, exploradores y viajeros, tienen matices. Él tuvo en su prosa algunos renglones para adjetivar a estas poblaciones aborígenes de forma positiva y hasta las incluye como ciudadanos merecedores de respeto y oportunidades; y como parte en la organización de la nación imaginada a principios del siglo XX. Lo mismo podemos ver en el informe del Inspector de Tierras. Ambos aconsejan sobre la necesidad de legislar contra la violación de sus derechos y contra las usurpaciones que venían sufriendo desde el mismo momento de fundarse la Colonia.

Esta otra carta de Clemente Onelli al Sr. Ministro de Agricultura en 1917, es una prueba más de ello:

“Buenos Aires, Junio 26 de 1917.

A S.E. Sr. Ministro de Agricultura.

Clemente Onelli que suscribe, tiene el honor de dirigirse al Sr. Ministro, exponiendo lo siguiente:

Cuando fui miembro de la Comisión de Límites con Chile y más tarde Secretario de ella, tuve ocasión, en el interés urgente del país, de contraer deudas de gratitud, con un núcleo de indígenas araucanos argentinos que puso a disposición de todas las comisiones enviadas por el Superior Gobierno sus personas y sus animales para mejor desempeño de los trabajos geográficos a efectuarse en esta región limítrofe  discutida.

Eran además ellos gente de arraigo y cosa rara en esas regiones, hasta cultivadores de trigo y avena. Terminadas las tareas con el fallo del árbitro ingles tuve ocasión de poner en buena luz a estos meritorios y conseguir que el Superior Gobierno decretara para ese núcleo de buenos argentinos y para sus descendientes la formación de una colonia agrícola pastoril en Cushamen, (Territorio del Chubut), lugar de su estadía habitual y constante.

Me permito dar estos antecedentes al Sr. Ministro para que se explique mi intervención en este asunto.

La Colonia floreció, y según repetidos del Inspector de Tierras y Colonias Don Santiago A. Bello, todos los propietarios de los lotes han cumplido acabadamente con las exigencias de la ley.

Ahora, desde el año 1899 que fue decretada la Colonia, los que eran entonces niños menores de edad e imposibilitados a adquirir derechos han cumplido con la conscripción, son hombres, han constituido familia, y se han ubicado en los lotes desocupados alrededor de sus padres y parientes.

Pero, Sr. Ministro, la Ley del Hogar ha sido declarada caduca y por mi intermedio vienen tales indígenas argentinos a solicitar de su S.E. un arbitrio para asegurar definitivamente su estabilidad y posesión en estos terrenos, y de los cuales algunos, sean verdad, sean tan solo afirmaciones infundadas, esos lotes han sido concedidos, paulatinamente a comerciantes ambulantes y extranjeros, que mis patrocinados consideran intrusos.

Vengo por lo tanto a solicitar de V.E., si fuera posible, dar título, sea definitivo, sea provisorio, hasta cerciorarse que cumplen con las condiciones de la Ley, a los siguientes ciudadanos argentinos: Gregorio Nahuelquir (lote 35), Domingo Nahuelquir (lote 80), Segundo Nahuelquir (lote 80), Miguel Ñancuche Llancagueo (lote 131), Miguel Acuipil (lote 2), Claudio Nahuelquir (lote 170), Bernandino Nahuelquir (lote 128), Manuel Roldán – Venancio Nahuelquir, Bartolo Nahuelquir, Bartolo Cayú, Miguel Cayú, Manuel Calfupán, Antonio Tranamil, Antonio Napal, Mercado Napal, Juan Casimiro, Florencio Colimil, Gregorio Traipi, José Marinau, Ciriaco Quintrellán, José Miguel Jaramillo.

Si fuera posible además obtener de la previsión y sabiduría del Superior Gobierno que los lotes restantes quedaran desocupados y reservados para los demás jóvenes, de los cuales ya algunos están cerca de la mayoría de edad, siendo altamente conveniente, que estos descendientes de los antiguos señores de la tierra, se arraiguen y sigan radicados en ese punto, para contrarrestar en esta región limítrofe de la frontera el establecimiento de otros que puedan no tener el mismo cariño y el mismo interés para conservar en estas regiones el verdadero espíritu argentino. Como detalle que pueda servir al criterio de S.E., manifiesto que estos ciudadanos han construido por su cuenta edificios escolares donde funciona la enseñanza oficial, y en este año han vendido más de cien mil kilos de lana producto de sus rebaños.

Acompaño la nota que el patriarcal jefe de estos indígenas laboriosos quiere presentar a S.E.

Saluda al Sr. Ministro Muy Atte. Clemente Onelli”.

Clemente Onelli, con 24 años vestido con una típica capa tehuelche. Santa Cruz 1888.

El sesgo nacionalista de Onelli aparece claro al anteponer a los aborígenes como pueblos de una larga historia en estos territorios, pero sobre todo como ciudadanos argentinos con derechos. De esta manera pareciera que Onelli quería denunciar y contrarrestar las consecuencias de la apropiación de tierras en manos de extranjeros en zonas limítrofes, que como analizamos, el mismo Estado Nacional había cedido a

Tanto Miguel Nancuche como su hijo Basilio Nahuelquir, fines del siglo XIX, durante muchos años reclamaron al Ministerio de Agricultura para que se les proveyeran los títulos de sus lotes.

Estos reclamos se debían a que continuamente se veían asediados por comerciantes inescrupulosos, terratenientes linderos y no pocos agentes de tierras que iban por los campos ofreciendo a los pobladores contratos de arrendamiento, que el cacique advierte que no tienen que firmar ya que les pertenecían por derecho. Según dice en una de sus cartas, estos agentes van sembrando dudas acerca de su condición de propietarios y sobre la actuación de sus representantes, los Nahuelquir, en una tarea constante de “divide y reinarás”. La discusión que plantean los representantes de la comunidad, es la de la necesaria defensa de sus tierras, que fueron dadas en el ámbito y el contexto de la Ley del Hogar. Es decir, para el poblamiento a las familias primigenias y sus descendientes.

La complicidad entre los comerciantes con las autoridades del Territorio o de la Oficina de Tierras en Rawson, terminaba de ejercer el despojo. Legitimado por una serie de discursos del funcionariado local, que fueron construyendo un indígena según sus necesidades. Sobre todo, en el caso de los pobladores que no estaban siquiera respaldados por la pertenencia a una “colonia o comunidad” bajo el mando del cacique. En estos casos, los pobladores dispersos, eran sometidos a toda una batería de calificaciones que hacían casi imposible su permanencia en la tierra ocupada; “vagos” o “poco afectos al trabajo”, “que desatiende su casa y sus corrales”, “que no hace las mejoras que la Oficina de Tierras solicita”, “que es un intruso en la zona”, “que se pagar el canon anual”, “que tiene pocos animales van demarcando así, a través de toda una retórica, las características  arquetípicas de un ocupante o criancero “no deseado”, “que no aporta al desarrollo o al progreso de la región”. Su condición precaria está delimitada por estas observaciones oficiales que impiden sostener una posesión por mucho tiempo, con las consabidas consecuencias de desmembramiento familiar y social.

“Lelek Aike, del destierro a la comunidad”, de Liliana E. Pérez

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